EL IMPUESTO DE TRANSMISIONES PATRIMONIALES ONEROSAS CUANDO UNA EMPRESA COMPRA JOYAS DE ORO A PARTICULARES

EL IMPUESTO DE TRANSMISIONES PATRIMONIALES ONEROSAS CUANDO UNA EMPRESA COMPRA JOYAS DE ORO A PARTICULARES

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A finales de 2019, el Tribunal Supremo se pronunció definitivamente sobre si había o no que pagar el ITP en estos supuestos. Sentenció que sí. A partir de entonces la Asociación recibió multitud de llamadas sobre si había que pagar el ITP o no y cuándo había que hacerlo.

Queremos recordar al lector de estas líneas que la Asociación siempre recomendó a quien pidió asesoramiento que se pagara el ITP y que, si el Tribunal Supremo fallaba lo contrario, se pidiera una devolución de ingresos indebidos a Hacienda.

Por ello, y al efecto de dejar clara nuestra postura, nuestro departamento jurídico siempre sostuvo que la compra de joyas de oro por parte de un empresario a particulares estaba sujeta a ITP.

 

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