ALGUNOS OBJETIVOS ALCANZADOS GRACIAS A LA ACTUACIÓN SECTORIAL DE LA AEJPR
Cabe, en primer lugar, reconocer que la Administración ha sido sensible a las sugerencias aportadas, fruto del trabajo interno de las organizaciones sectoriales autonómicas y de la interlocución ante las instituciones de la AEJPR
PRIMERO.- Se ha aprobado en el Reglamento un régimen especial para la compraventa minorista (recordamos que entre los 26 sujetos obligados por la Ley solo hay dos sectores dedicados a la compraventa minorista).
SEGUNDO.- Exclusión para quienes ocupen menos de 10 personas – incluidos los agentes- y volumen anual de negocio no supere los 2 millones de euros de las obligaciones que enumeramos a continuación y que afectan al resto de sujetos obligados.
1.- Examen especial con resultados por escrito (Elaboración de una relación de operaciones susceptibles de estar relacionadas con el blanqueo. Difusión entre sus directivos, empleados y agentes. Periódica revisión de tal relación. La utilización de aplicaciones informáticas apropiadas, teniendo en cuenta el tipo de operaciones, sector de negocio, ámbito geográfico y volumen de la información…)
2.- Medidas de control interno. Adopción de una política de admisión de clientes y a su difusión entre los empleados, con un amplio contenido y numerosos requisitos.
3.- De la obligación de comunicación sistemática mensual.
4.- De establecer un órgano de control interno (este órgano es el encargado de aplicar todas las políticas y procedimientos que se hayan adoptado, debe tener una estructura, recoger unas Actas, una periodicidad, deriva en el toda la responsabilidad de la aplicación de las medidas, etc…
5.- De realizar un manual de prevención.
6.- De la obligación de un examen externo, o lo que es lo mismo, contratación anual de un profesional cualificado externo que evalúa, examina, las medidas.
7.- De la obligación de establecer un Plan Anual de Formación para formar a los empleados
En Madrid, a 9 de junio de 2014